Directiva presidencial n°

DIRECTIVA PRESIDENCIAL N°


PARA: GOBERNADORES,

ALCALDES, COMANDANTE GENERAL DE LAS
FUERZAS MILITARES, COMANDANTES DE FUERZA, DIRECTOR
GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL, DIRECTOR DEL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD

ÁLVARO URIBE VÉLEZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CARLOS HOLGUÍN SARDI
MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
ASUNTO: MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE EL PROCESO ELECTORAL

DEL 28 DE OCTUBRE DE 2007 PARA ELEGIR AUTORIDADES Y
CORPORACIONES PÚBLICAS TERRITORIALES

Bogotá, D.C.

En vista de que el próximo 28 de octubre se llevarán a cabo los comicios para elegir
gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y miembros de las juntas
administradoras locales para el periodo constitucional 2007- 2011, y con la finalidad
de brindar protección efectiva a los candidatos, líderes políticos, sedes políticas y a la
ciudadanía en general, me permito recordarles que es deber constitucional de todas
las autoridades colombianas garantizar el normal desenvolvimiento de los procesos
electorales, actuar con imparcialidad frente a los distintos candidatos y opciones
políticas, contrarrestar la actitud intimidadora de grupos armados al margen de la ley
que pretendan de una u otra manera interferir en el proceso electoral, proteger a los
candidatos y garantizar el normal desarrollo de los procesos comiciales, motivo por el
cual les solicito atender las siguientes instrucciones:
1. Departamento Administrativo de Seguridad – DAS -, Fuerzas Militares y
Policía Nacional.
El Departamento Administrativo de Seguridad, - DAS -, se encargará de analizar el nivel de riesgo de los candidatos y con la cooperación de los demás organismos de seguridad, brindará protección personal a quienes así lo requieran. Actuará en estrecha coordinación con la Fuerza Pública en su respectiva jurisdicción. Las Fuerzas Militares se encargarán de evaluar la situación de orden público en todo
el territorio nacional respecto a las jornadas electorales, establecer las zonas de alto
riesgo y tomar las medidas necesarias para prevenir y frustrar cualquier manifestación
de violencia.
La Policía Nacional tiene un compromiso directo en la seguridad de las sedes
políticas e instalaciones públicas y en el análisis del comportamiento de los grupos
delincuenciales durante los debates electorales.
El Comandante General de las Fuerzas Militares y el Director General de la Policía
Nacional, dispondrán la conformación de fuerzas de reacción para garantizar el curso
normal de las elecciones. Todos los miembros de la fuerza pública deben estar en
capacidad de reaccionar de manera oportuna y coordinada con el fin de neutralizar
las diferentes amenazas.
Las Fuerzas Militares y la Policía Nacional suministrarán la información de orden
público de sus respectivas jurisdicciones a los candidatos y autoridades civiles,
especialmente cuando se programen desplazamientos a zonas de riesgo.
La Dirección General de la Policía Nacional ordenará lo pertinente para garantizar
que en cada departamento de policía se nombre un oficial de enlace con los medios
necesarios, para que coordine todas las actividades de protección personal de los
diferentes candidatos y sus desplazamientos.
Los comandantes militares y de policía adelantarán campañas de concientización en
materia de riesgos dirigidos a los candidatos, para que estos últimos tomen las
debidas precauciones.
2. Gobernadores y Alcaldes.
Los Comités de Orden Público servirán para coordinar las acciones de la Fuerza
Pública de acuerdo con lo estipulado en la Política de Seguridad Democrática y lo
establecido en los Consejos de Seguridad. Los Consejos Seccionales de Inteligencia
serán de gran utilidad para centralizar la información de las diferentes agencias y
prever cualquier alteración del orden público.

Los gobernadores pondrán en funcionamiento la Comisión Departamental para la
Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales e invitarán a ella, cuando lo
consideren necesario, a los jefes de los directorios departamentales y municipales de
los partidos políticos o jefes de debate de los distintos candidatos, siempre que la
situación de orden público y la protección de las personas que se postulen a cargos o
corporaciones públicas lo amerite, de conformidad con el Decreto 1465 de 2007.

Los Gobernadores como agentes del Presidente de la República son responsables en
el mantenimiento del orden público y la preservación de la tranquilidad en el área de
su jurisdicción, así como por las relaciones y los mecanismos de coordinación entre
las distintas instancias encargadas del manejo de estas tareas, en procura de una labor unificada y eficaz. Es atribución del alcalde distrital o municipal, como suprema autoridad de policía en el territorio de su jurisdicción, conservar el orden público de conformidad con la ley y teniendo en cuenta las instrucciones impartidas por el señor Presidente de la República o por el respectivo Gobernador. Se les recomienda tener presente lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4 de 1991. Con el fin de garantizar el normal desarrollo del proceso electoral y proteger a los candidatos y electores, los gobernadores y alcaldes deberán convocar a los Consejos Departamentales, Distritales y Municipales de Seguridad y a los Comités de Orden Público de que trata el Decreto 2615 de 1991. Estos deberán reunirse al menos una vez por semana hasta el 6 de noviembre y todas las veces que sea necesario de acuerdo con la situación de seguridad. Lo anterior, de conformidad con el Decreto 2008 de 1997 al cual debe darse estricto cumplimiento. Por medio de los Comités para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales conformados por el Decreto 1465 de 2007, se canalizarán las inquietudes de los candidatos y de los electores en torno al tema de seguridad durante el proceso electoral, se estructurará un plan de actividades para protegerlos y se diseñarán las medidas necesarias para neutralizar las amenazas que se pueden cernir sobre ellos. El Ministerio del Interior y de Justicia, en asocio con las entidades involucradas en el proceso electoral y en las garantías al mismo, ha puesto a funcionar la Unidad de Reacción Inmediata para la Transparencia Electoral - URIEL -, para atender desde allí de la manera más inmediata y expedita, cualquier queja que se presente por situaciones que puedan alterar el normal desarrollo de la campaña electoral. En la URIEL hay funcionarios del Ministerio del Interior y de Justicia, de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, los Organismos de Control, la Organización Electoral, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el Departamento Administrativo de Seguridad, con el objeto de tramitar de manera inmediata, con prontitud y eficiencia los reclamos que puedan presentarse con relación a los comicios. Para comunicarse con esta Unidad se puede utilizar la línea gratuita Es necesario dar estricto cumplimiento al artículo 296 de la Constitución Política el cual prescribe lo siguiente: “Para la conservación del orden público o para su restablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes del Presidente de la República se aplicarán de manera inmediata y de preferencia sobre los de los gobernadores; los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes”. El Ministerio del Interior y de Justicia, será la instancia del orden nacional que mantendrá un intercambio de información permanente con los gobernadores sobre asuntos relacionados con el orden público, especialmente en lo concerniente a las
elecciones. Los gobernadores serán los encargados de coordinar la actividad de los
alcaldes en busca del mismo propósito.
Los gobernadores y los alcaldes deberán instruir a los candidatos sobre las instancias
encargadas de atender sus problemas e inquietudes en materia de seguridad. Es
muy importante que los aspirantes a cargos de elección popular, informen de manera
anticipada sobre sus desplazamientos a los organismos de seguridad, con el fin de
tomar las precauciones del caso.
Los Gobernadores deberán enviar al Ministerio del Interior y de Justicia antes del 15
de agosto de 2007 y quincenalmente hasta el 15 de noviembre del año en curso, un
balance de la situación de orden público de sus departamentos, donde deberán
establecer sus problemas de seguridad, determinando y discriminando el grado de
riesgo en razón del proceso electoral, dentro de las siguientes categorías:
extraordinario, alto, mediano, bajo e inexistente.
Para este efecto tendrán que acceder a la información de las Fuerzas Militares, la
Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad – DAS -, a través de
los Comités de Seguridad y Orden Público. Igualmente deberán proceder a remitir -
tan pronto como las reciban -, a la Unidad de Reacción Inmediata para la
Transparencia Electoral URIEL, las quejas, denuncias o reclamos que se presenten
ante sus despachos o ante los Comités de Seguimiento Electoral respectivos, sin
perjuicio de las actuaciones que por competencia deban cumplir las autoridades
correspondientes. Tales autoridades deberán informar a la URIEL sobre las acciones
emprendidas en cada caso. Los funcionarios asignados a esta Unidad podrán solicitar
los informes pertinentes sobre el desarrollo de las labores.
En desarrollo de la campaña A VOTO LIMPIO, los invitamos a suministrar la
información necesaria a los Ministros, Viceministros y Directores de Entidades
Descentralizadas, quienes en compañía de los enlaces electorales del Ministerio del
Interior y de Justicia, están visitando los departamentos, distritos y municipios para
firmar los pactos por la transparencia, así como exhortarlos a prestarles el apoyo
necesario para el cabal cumplimiento de esta iniciativa, que tiene por objeto evitar la
interferencia de factores delincuenciales durante los próximos comicios en sus
respectivas jurisdicciones. Además de lo anterior, mantendrán contacto con un alto
funcionario del Estado con zonas geográficas que no comprendan más de 35
municipios.

3. Centralización de la Información.
La Dirección de Asuntos Territoriales y Orden Público del Ministerio del Interior y de
Justicia, mantendrá un intercambio de información permanente con las autoridades
territoriales y con los funcionarios nacionales de alto nivel encargados de la campaña
A VOTO LIMPIO.
4. Seguros de Transporte.
El Gobierno Nacional informará de manera oportuna sobre la cobertura adicional de
la póliza vigente que amparará los daños causados por actos de grupos subversivos
o terroristas a los vehículos de transporte terrestre y fluvial de carácter público o
particular durante las jornadas electorales.


CARLOS HOLGUÍN SARDI
Ministro del Interior y de Justicia

Source: http://www.siporcuba.it/DIRECTIVA%20PRESIDENCIAL.pdf

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