AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
cuenten además con alcantarillado, suministro
de agua, suministro de energía eléctrica y
Artículo 1
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado
Artículo 4
por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril
1. Se devenga el Impuesto y nace la obligación
Reguladora de las Bases de Régimen Local y
de acuerdo con lo previsto en el artículo 60.2
terreno, ya sea a título oneroso o gratuito,
entre vivos o por causa de muerte, en la fecha
establece el Impuesto sobre el Incremento del
Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana,
b) Cuando se constituya o transmita cualquier
que se regulará por la presente Ordenanza,
derecho real o de goce limitativo del dominio,
redactada conforme a lo dispuesto en los
artículos 105 a 111 de la Ley 39/88 citada.
A los efectos anteriores se considerará como
- En los actos o contratos <<Inter vivos>>, la
Artículo 2
del otorgamiento del documento público, y
1. Constituye el hecho imponible del Impuesto
cuando fuera de naturaleza privada, la de su
incorporación o inscripción en un registro
Naturaleza Urbana, el incremento de valor que
público o la de su entrega a un funcionario
experimentan dichos terrenos y se ponga de
manifiesto a consecuencia de la transmisión
- En las trasmisiones por causa de muerte, la
de la propiedad de los mismos por cualquier
título o de la constitución o transmisión de
cualquier derecho real de goce, limitativo de
Artículo 5
1. Cuando se declare o reconozca judicial o
administrativamente por Resolución firme
incremento de valor que experimenten los
haber tenido lugar la nulidad, rescisión o
terrenos que tengan la consideración de
resolución del acto o contrato determinante de
rústicos a efectos del Impuesto sobre Bienes
la transmisión del derecho real de goce sobre
Inmuebles. En consecuencia con ello está
el mismo, el sujeto pasivo tendrá derecho a la
devolución del Impuesto satisfecho, siempre
experimenten los terrenos que deban tener la
consideración de urbanos a efectos de dicho
producido efectos lucrativos y que se reclame
impuesto, con independencia de que estén o
la devolución en el plazo de cinco años desde
no contemplados como tales en el catastro o
que la Resolución quedó firme, entendiéndose
que existe efecto lucrativo cuando no se
justifique que los interesados deban efectuar
Artículo 3
las recíprocas devoluciones a que se refiere el
Tendrán la consideración de terrenos de
artículo l.295 del Código Civil. Aunque el acto
lucrativos, si la rescisión o resolución se
urbanización, el urbanizable programado o
urbanizado no programado, desde el momento
obligaciones del sujeto pasivo del Impuesto, no
en que se apruebe un Programa de Actuación
2. Si el contrato queda sin efecto por mutuo acuerdo de las partes contratantes, no
satisfecho y se considerará como un acto
3. Serán responsables subsidiarios de las
nuevo sujeto a tributación. Como tal mutuo
infracciones simples y de la totalidad de la
acuerdo se estimará la avenencia en acto de
deuda tributaria en caso de infracciones
conciliación y el simple allanamiento a la
graves cometidas por las personas jurídicas,
3. En los actos o contratos que se medie
alguna condición, su calificación se hará con
incumbencia, para el cumplimiento de las
arreglo a las prescripciones contenidas en el
Código Civil. Si fuese suspendida no se
consintieran en el incumplimiento por quienes
liquidará el impuesto hasta que se cumpla. Si
dependan de ellos o adopten acuerdos que
la condición fuese resolutoria se exigirá el
hicieran posibles las infracciones. Asimismo
Impuesto desde luego a reserva, cuando la
condición se cumpla, de hacer la oportuna
devolución según lo dispuesto en el apartado
cumplimentar por las personas jurídicas que
síndicos, interventores o liquidadores de
Artículo 6
quiebras, concursos, sociedades y entidades
en general, cuando por negligencia o mala fe
no realicen las gestiones necesarias para el
limitativos del dominio a título lucrativo, el
tributarias devengadas con anterioridad a
adquiriente del terreno o la persona a cuyo
dichas situaciones y que sean imputables a los
favor se constituya o transmita el derecho real
b) En las transmisiones de terrenos o en la
constitución de o transmisión de derechos
reales de goce limitativos del dominio a título
Artículo 8
oneroso, el transmitente del terreno o la
1. La base imponible está constituida por el
persona que constituya o transmita el derecho
incremento real del valor de los terrenos de
naturaleza urbana puesto de manifiesto en el
momento de devengo y experimentado, a lo
largo de un periodo máximo de veinte años.
2. Para determinar el importe del incremento
Artículo 7
real se efectuarán las siguientes operaciones:
1. Serán responsables solidariamente de las
- Se obtendrán en el momento del devengo
obligaciones tributarias establecidas en esta
el porcentaje anual, según los períodos en que
se haya generado el incremento del valor:
infracción tributaria. En los supuestos de
declaración consolidada, todas las sociedades
integrantes del grupo serán responsables
- De uno hasta cinco años.3,1 por ciento
solidarios de las infracciones cometidas en
2. Los copartícipes o cotitulares de las
herencias yacentes, comunidades de bienes, y
personalidad jurídica, constituyan una unidad
conforme al apartado anterior, se multiplicará
por el numero de años a lo largo de los cuales
se haya puesto de manifiesto el incremento de
valor y el porcentaje resultante será el que se
respectivas participaciones de las obligaciones
aplique sobre el valor del terreno en el
4. Para determinar el porcentaje anual a que
sobre Bienes Inmuebles, obtenida conforme al
se refiere el apartado 2 anterior y para fijar el
módulo de proporcionalidad fijado en la
número de años a que alude en el apartado 3.
escritura de transmisión o, en su defecto, el
Sólo se considerarán años completos que
que resulte de establecer la proporción entre la
integren el período de puesta de manifiesto del
superficie o volumen de las plantas a construir
incremento de valor sin que puedan tomarse
en suelo o subsuelo y la total superficie o
las fracciones de año de dicho período.
Artículo 9
En las transmisiones de terreno, el valor de los
Artículo 12
mismos en el momento de devengo, será el
En los supuestos de expropiación forzosa, el
que tengan fijado en dicho momento a efectos
porcentaje anual que corresponda según lo
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Sobre
dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 8º
dicho valor se aplicará una reducción del 50%
de esta Ordenanza, se aplicará sobre la parte
del justiprecio que corresponda al valor del
consecuencia de una ponencia de valores que
no refleje modificaciones de planeamiento
aprobadas con anterioridad, se podrá liquidar
provisionalmente este impuesto con arreglo al
Artículo 13
mismo. En estos casos, en la liquidación
La cuota resultante, será el resultado de
definitiva se aplicará el valor de los terrenos
aplicar a la base imponible los siguientes tipos
apartados 2 y 3 del artículo 71 de esta ley,
Cuando el terreno, aún siendo de naturaleza
Del incremento del valor o tipo aplicable
impuesto, el Ayuntamiento podrá practicar la
- De uno hasta cinco años.25 por ciento
liquidación cuando el referido valor catastral
Artículo 10
En la constitución y transmisión de derechos
Los períodos de tiempo se computarán por
reales de goce limitativos del dominio, se
obtendrá el porcentaje anual que corresponda
según los apartados 2 y 3 del artículo 8º
anterior, aplicándose sobre la parte del valor
Se establece como cuota mínima la cantidad
que tenga asignado el terreno a efectos del
de treinta euros (euros 30,00) por cada hecho
Impuesto sobre Bienes Inmuebles, obtenida
imponible, no acumulable en el caso de que
mediante la utilización de las normas fijadas a
existan varios sujetos pasivos responderán
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
para el cálculo del valor de dichos derechos
Artículo 11 Artículo 14
En la constitución o transmisión del derecho a
elevar una o más plantas sobre un edificio o
incrementos de valor que se manifiesten a
terreno o del derecho a realizar la construcción
bajo suelo sin aplicar la existencia de un
a) Las aportaciones de bienes y derechos
derecho real de superficie, se determinará el
realizadas por los cónyuges a la sociedad
porcentaje anual que corresponda según los
conyugal, las adjudicaciones que a su favor y
apartados 2 y 3 del artículo 8º anterior,
aplicándose sobre la parte del valor que tenga
transmisiones que se hagan a los cónyuges en
asignado el terreno a efectos del Impuesto
2. Dicha declaración deberá ser presentada en
los plazos siguientes a contar de la fecha del
c) Las transmisiones de bienes Inmuebles
entre cónyuges o a favor de los hijos, como
a) Cuando se trate de actos Inter vivos: Treinta
consecuencia del cumplimiento de sentencias
en los casos de nulidad, separación o divorcio
b) Cuando se refiere a actos por causa de
muerte: seis meses prorrogables hasta un año
Asimismo están exentos de este Impuesto los
a solicitud del sujeto pasivo, efectuada dentro
incrementos de valor correspondientes cuando
la obligación de satisfacer dicho Impuesto
3. A la declaración se acompañarán los
documentos en el que consten los actos o
Entidades Locales a las que pertenezca este
Artículo 17
Por acuerdo de la Junta de Gobierno, se podrá
establecer el sistema de autoliquidación por el
sujeto pasivo, que llevará consigo el ingreso
b) Este Municipio y demás Entidades Locales
de la cuota resultante dentro de los plazos
integradas o en las que se integre y sus
previstos en el artículo anterior, a practicar en
el modelo oficial que se facilitará a los
c) Las instituciones que tengan la calificación
Las autoliquidaciones serán comprobadas con
posterioridad para examinar la aplicación
d) Las Entidades gestoras de la Seguridad
correcta de las normas reguladoras de este
Social y las Mutualidades de Previsión Social
noviembre, de ordenación y supervisión de los
autoliquidación en el caso previsto en el
artículo 9, párrafo tercero de esta ordenanza.
e) Las personas o Entidades a cuyo favor se
haya reconocido la exención en Tratados o
Artículo 18
Cuando no esté establecido el sistema de
f) Los titulares de concesiones administrativas
autoliquidación se observará lo siguiente:
revertibles respecto de los terrenos afectados
1. Las liquidaciones del impuesto se notificarán
a los sujetos pasivos, con indicación del plazo
Artículo 15
2. La recaudación se llevará a cabo en la
No gozarán de bonificación las transmisiones
forma, plazo y condiciones que se establecen
en el Reglamento General de Recaudación,
operaciones de escisión y fusión de empresas
demás Legislación General Tributaria del
Haciendas Locales, lo que también se aplicará
en lo referente a las diferencias resultantes de
la comprobación de las autoliquidaciones.
Artículo 16 Artículo 19
1. Los sujetos pasivos estarán obligados a
Estarán asimismo obligados a comunicar al
Ayuntamiento la declaración correspondiente,
imponible en los mismos plazos señalados
según modelo oficial que se facilitará a su
para los sujetos pasivos en el artículo 16 de
requerimiento, y en donde se facilitarán los
imprescindibles para practicar la liquidación
a) En las transmisiones de terrenos o en la
constitución o transmisión de derechos reales
de goce limitativos del dominio a título lucrativo
por negocio jurídico entre vivos: el donante o la
persona que constituya o transmita el derecho
Artículo 21
En todo lo relativo a la calificación de
b) En las transmisiones de terrenos o en la
infracciones tributarias y sanciones, además
constitución o transmisión de derechos reales
de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a
de goce limitativos del dominio a título
lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes a
oneroso: el adquiriente o la persona a cuyo
la Ley General Tributaria y demás normativa
favor se constituya o transmita el derecho real
Artículo 20
Los notarios quedan obligados a remitir al
Una vez que se efectúe la publicación del texto
Ayuntamiento dentro de la primera quincena
<<Boletín Oficial de la Provincia (1)>> entrará
en vigor, con efecto inmediato continuando su
autorizados por ellos en el trimestre anterior,
vigencia hasta que se acuerde su modificación
negociados jurídicos que pongan de manifiesto
la realización del hecho imponible de este
Impuesto, con excepción de los actos de
última voluntad. Asimismo estarán obligados a
remitir, dentro del mismo plazo, relación de los
documentos privados comprensivos, de los mismos hechos, actos o negocios jurídicos, que les hayan sido presentadas para conocimiento o legitimación de firmas. Y todo ello sin perjuicio del deber general de colaboración establecido en la Ley General Tributaria.
Kedves Vendégünk! Szeretettel köszöntjük Önt az Aranybárány étteremben! Az Arany Bárány éttermet, Budapest egyik leglátogatottabb helyén, történelmi belvárosának szívében, a Vörösmarty teret az Erzsébet térrel összeköt ı Harmincad utcában, közvetlenül Nagy-Britannia Nagykövetsége szomszédságában, 2003 augusztusában családi vállalkozás keretében új
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